Quiero divorciarme, ¿por qué hacerlo ante notario?

Quiero divorciarme, ¿por qué hacerlo ante notario?

Apreciado lector, antes de continuar con el post, es necesario contestar a dos preguntas que determinarán si efectivamente podemos firmar nuestro divorcio ante Notario.

La primera es si han transcurrido más de 3 meses desde la celebración del matrimonio, ya que éste es el plazo mínimo de duración que exige la ley para poder solicitar la separación o el divorcio.

Y en caso afirmativo, la segunda pregunta es si existen en el matrimonio hijos menores de edad o incapacitados. Solo en el supuesto en que se responda NO a esta segunda cuestión, podrá el matrimonio firmar su divorcio ante Notario y evitar así un tedioso y largo procedimiento judicial.

Los Notarios podemos autorizar divorcios, que reúnan las características que hemos señalado, desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria en Julio de 2.015, dándose así respuesta a la necesidad de “desjudicializar” los divorcios de mutuo acuerdo, que suponen el 76% de los casos según el Instituto Nacional de Estadística.

Vamos a ver en primer lugar cuál es el proceso de firma del divorcio ante Notario,  y después estudiaremos las ventajas de este método frente a tener que acudir a un Juzgado para obtener el mismo fin.

El procedimiento para divorciarnos ante Notario es sencillo:

1º. Ambos cónyuges deben contar con la asistencia de un Abogado (ya sea uno diferente para cada uno, o el mismo para ambos). Con la ayuda del Abogado/s, las partes redactarán de mutuo acuerdo el Convenio Regulador que regirá los efectos o consecuencias de su divorcio (tales como atribución de uso de la vivienda familiar, pensión compensatoria o distribución de los gastos del proceso de divorcio).

2º. Una vez acordado el Convenio Regulador, se pedirá cita en la Notaría para firmar (lo cual no exige más que un par de días de antelación). Una vez allí, y siempre en presencia del Abogado/s de las partes (cuya asistencia a la firma es obligatoria), el Notario comprobará y dará fe de que el Convenio ha sido libremente pactado, que el mismo se ajusta a la ley, y que es equitativo para ambos miembros de la pareja, sin que contenga ningún agravio que perjudique a alguno de ellos.

3º. Una vez comprobado que todo es correcto, se procede a la firma de la Escritura de Divorcio, tras lo cual es el propio Notario el que la envía y presenta al Registro Civil para su inscripción. 

Las ventajas de divorciarse ante Notario son claras:

  • AHORRO DE TIEMPO. Ya que desde que la pareja acuerda el divorcio y lo firma en Notaría, hasta que el divorcio está inscrito en el Registro Civil y produciendo todos sus efectos, transcurre un plazo de 15-20 días como máximo; frente a los 5 meses de duración media que tienen los procesos judiciales de divorcio actualmente en nuestro país.
  • ASESORAMIENTO IMPARCIAL Y DE CALIDAD. Además de recibir la asistencia de sus Abogados, los cónyuges que deciden divorciarse ante Notario también cuentan con el asesoramiento directo del mismo, que puede incluso aconsejarles sobre la mejor solución para los bienes que la pareja tenga en común, reparto de deudas o liquidación del régimen económico matrimonial.
  • TRATO CERCANO. Esta ventaja que puede resultar más o menos relevante en la firma de otras operaciones o trámites, se torna especialmente importante en la firma del divorcio debido a la trascendencia que éste tiene de manera directa en la vida personal de los comparecientes, quienes sin duda agradecen “huir” de la frialdad de las salas de los juzgados y del trato impersonal que allí se dispensa.

Si tienes alguna duda, deja un comentario justo debajo.


Comentarios

  1. Enhorabuena por el blog! Puedo suscribirme? Un abrazo. Justito El Notario

  2. Begoña Núñez : octubre 3, 2017 at 10:03 am

    Gracias Justito! Ya está resuelto y el botón de suscripción aparece al final de la página.

    Un abrazo!

  3. Juan. Carlos. Marrinez : enero 4, 2018 at 9:31 pm

    Cuanto. Costaría. El. Divorcio. Por. Medio. De. Un. Notario

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